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Michoacán, antepenúltimo lugar en contagios y enfermos graves por Covid-19

Morelia, Micho. .- Gracias a las acciones sanitarias implementadas en la entidad dentro del decreto emitido por el Gobierno de Alfredo Ramírez Bedolla, para la contención del COVID-19, Michoacán se coloca en el antepenúltimo lugar en número de contagios y enfermos graves en comparación con estados del norte.

Lo que significa, que, pese a que en las últimas semanas se han disparado el número de contagios, las acciones de contención y prevención realizadas por la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), han tenido resultados positivos entre la población.


El 22 de enero, se implementó nuevo decreto con medidas para el desarrollo de las actividades sociales y económicas donde se establece como aforo permitido para la realización de actividades un 50 por ciento, de conformidad a las dimensiones del establecimiento para: iglesias y lugares de culto; establecimientos mercantiles; tianguis y mercados; plazas y centros comerciales; salas de cine, teatros, restaurantes antros y bares.

Asimismo, se suspenden hasta nuevo aviso cualquier tipo de eventos masivos en establecimientos públicos y privados; además, la Cocotra implementó medidas efectivas de protección en todas las unidades del servicio de transporte público.

Se mantienen las clases presenciales voluntarias para alumnos de los niveles de preescolar, primaria y secundaria y con permanencia obligatoria del personal docente; mientras que en el nivel medio superior, se llevarán clases presenciales manteniendo abiertas las instalaciones de la institución educativa.

También se mantiene activo el Plan Nacional de Vacunación, respetando las coberturas y jornadas que se establecen para garantizar la inmunización de las y los michoacanos y completar sus esquemas.

Para dar cabalidad a dicho acuerdo, se desplegaron 300 promotores del Bienestar quienes estarán verificando y vigilando se cumpla a cabalidad el decreto, de no ser así se amonestará con un apercibimiento, multa de 10 a 30 unidades de medida y actualización, clausura temporal o definitiva y arresto administrativo hasta por 36 horas.