Restaurantes, bares, hoteles y otros establecimientos comerciales que deseen transmitir los partidos de la Copa Mundial de Futbol 2026 deberán contar con autorización o licencia de una empresa transmisora autorizada por la FIFA, informó el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI).
La medida aplica tanto para grandes cadenas como para pequeños negocios que busquen proyectar los encuentros con fines comerciales o para atraer clientes durante la justa deportiva que se celebrará en México, Estados Unidos y Canadá.
De acuerdo con el organismo, los servicios de streaming contratados para uso doméstico no pueden utilizarse para exhibiciones públicas en establecimientos comerciales, ya que sus licencias están limitadas al uso personal y no comercial.
El IMPI precisó que la FIFA es la titular de los derechos de transmisión del torneo, por lo que cualquier negocio que pretenda proyectar los partidos deberá celebrar acuerdos con alguna de las transmisoras autorizadas.
Las autoridades señalaron que la retransmisión no autorizada de eventos deportivos puede constituir una infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor, al tratarse de emisiones protegidas por derechos exclusivos de difusión.
Asimismo, advirtieron que los establecimientos que incumplan con esta disposición podrían enfrentar sanciones económicas que, de acuerdo con la legislación vigente, pueden alcanzar los 586 mil pesos.
El organismo indicó que actuará a petición de la parte afectada, en este caso los titulares de los derechos de transmisión, para investigar y sancionar posibles irregularidades durante la celebración del Mundial 2026.









