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Declara gobierno mexicano emergencia nacional por causa de fuerza mayor

CDMX.- En el marco de la conferencia diaria para informar los avances con respecto de la pandemia y contingencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19, Hugo López Gatell, Subsecretario de salud federal, señaló que se esta tarde se tomaron algunos acuerdos en los que se declara a México en emergencia nacional por causas de fuerza mayor.

Ante ello, el Canciller de nuestro país Marcelo Ebrard Casaubón, leyó los puntos de acuerdo presentados en este marco, pone al aparato gubernamental de seguridada y salud a nivel nacional y que serán publicadas el 31 de marzo en el diario oficial de la federación, para que entren en vigor de forma inmediata.


Con ello se extiende el periodo de sana distancia hasta el 30 de abril, debido a que México ha entrado en una fase de rápido incremento de contagios por coronavirus, y el consejo de salubridad general, a propuesta de la Secretaría de Salud del gobierno federal, acordó extender la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta el lunes 30 de abril , además de endurecer la disposición de las reuniones, que pasará de inmediato a limitar a 50 asistentes las concentraciones públicas.

También se dijo que al corte de este 30 de marzo la cifra de enfermos por coronavirus ascendió a mil 94 y se tiene en la cuenta a 28 personas que han perdido la vida por este padecimiento.

En el acaso de los acuerdos el gobierno federal ha lanzado 7 medidas con la finalidad de mitigar la propagación del virus:

1.- Las actividades esenciales no paran: médicos, paramédicos, protección ciudadana, procuración e impartición de justicia. Así como la operación de los programas sociales del gobierno, agua, energía, saneamiento básico, etc.

2. En las actividades que no paran se deberá aplicar las siguientes acciones:

-No realizar reuniones de más de 50 personas
-Lavado frecuente de manos
-Saludo y demás medidas de sana distancia

3. Se exhorta a toda la población residente en territorio mexicano y que no participe en actividades esenciales a cumplir el resguardo domiciliario hasta el 30 de abril.

4.El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años o personas con enfermedad cardíaca o pulmonar, diabetes, hipertensión, en estado de embarazo, independientemente de si su actividad es esencial.

5. Los funcionarios públicos de todos los niveles podrán de manera voluntaria a laborar, pero solo aquel que se considera esencial del sector pública. Después del 30 de abril, la Secretaría de Economía y del Trabajo emitirán lineamientos para el regreso gradual de los empleados.

6. Se deberá de postergar hasta nuevo aviso todo censo o encuesta que requiera la movilidad de gente.

7. Todas las medidas deberán de aplicarse con apego estricto a los derechos humanos.

También señalan que en caso de que estas medidas no sean acatadas por parte de la ciudadanía, podrían hacerse acreedores a sanciones.