La Piedad, Mich.- El maltrato y crueldad hacia los animales son una falta que ha sido ya tipificado como delito y que puede ser causal de sanciones que van desde lo económico hasta penas carcelarias.
Los diputados que conforman la 75 Legislatura de Michoacán reformaron los artículos 309 y 311 del Código Penal de Michoacán, por lo que se determinaron las sanciones aplicables a quien incurra en estas faltas.
La persona que cause daño físico a un animal que no constituya plaga ni peligro para la salud o vida humana, con el único fin de lastimarlo o privarlo de la vida, será acreedor a una multa que puede ir de 50 a 500 días de salario y hasta cuatro años de prisión.
Cualquier persona que provoque lesiones que pongan en riesgo la vida del animal, incluido el envenenamiento será sancionado con la pena más alta en la materia.
También será sancionado el sujeto activo que capture en imágenes, fotografías, videograbaciones o por cualquier medio el daño físico infligido, la pena aumentará hasta en una mitad de la máxima.
La reforma al artículo 311 del Código Penal establece que quien cometa el delito de maltrato, en el ámbito doméstico o laboral cotidiano, realice actos abusivos o negligentes, u omisiones que menoscaben el bienestar o la integridad física de cualquier animal que no constituya plaga o peligro para la salud o vida humana, será acreedor a uno o dos años de prisión y una multa de hasta 200 días de salario.
Las sanciones también aplican en los siguientes casos:
- Abandono de un animal en la vía pública
- Dejar en desamparo o vulnerabilidad a un animal dentro del propio domicilio
- Realizar actos sexuales con animales
Con dichas reformas, el Poder Legislativo pretende garantizar el respeto a la vida y a los derechos de todos los seres vivos, además de refrendar el objeto de la Ley de Derechos, Bienestar y Protección de los Animales del Estado, instrumento legal que fomenta el trato digno y ético hacia todas las especies.