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HACEN USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

La Piedad, Mich.- En horarios de trabajo y con el uso de recursos públicos, un colaborador del gobierno municipal, creó una Fan Page en Facebook, autonombrada como un periódico digital, que es utilizada con fines políticos.

A decir de Iván Rizo Téllez, esta práctica mediática constituye un delito electoral y también es un asunto que debería ser observado por la Auditoria Superior de Michoacán.


Dicha práctica, a todas luces indebida, se lleva a cabo a través del perfil de facebook “La Difusión Noticias”, desde la cual se ha estado promoviendo la figura de algunos personajes que suenan como posibles candidatos a la presidencia municipal de La Piedad.

El administrador de dicha página es Luis Bonilla, un empleado asignado al área de bibliotecas, área de la que se ausenta con frecuencia.

Frecuentemente se publica, a través de dicho perfil, textos que simulan ser notas informativas o reportajes donde se promueven las actividades de dichas personalidades, mostrándolos como funcionarios ejemplares.

A la par, se ha estado atacando sistemáticamente a los gobiernos municipales vecinos donde el alcalde o alcaldesa son de otro partido político.

El empleado municipal mencionado, de acuerdo a información que ha trascendido, cuenta con doble percepción laboral, ya que de parte del ISSSTE en esta ciudad, cuenta con un sueldo de jornada acumulada como chofer. Funcionarios de la dependencia federal señalan que no se presenta a laborar.

El artículo 134 constitucional señala: «La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.
“En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

De igual manera, en la Ley Orgánica del Estado de Michoacán y sus reglamentos internos se señala específicamente que: “se prohíben ciertas actividades durante las horas de trabajo, como: desatender el trabajo para leer o realizar actividades que no estén relacionadas con el puesto que desempeña el trabajador, hacer uso indebido del material de oficina o del área donde se labora”, entre otras cosas.