Inicio Estado Informa SFA los requisitos de la licencia para conducir permanente

Informa SFA los requisitos de la licencia para conducir permanente

Morelia, Michoacán.- A partir del pasado 3 de marzo el Gobierno de Michoacán, a través de su Secretaría de Finanzas y Administración (SFA), informó a la población sobre la apertura de un nuevo periodo de expedición de licencias para conducir permanentes.

Sin embargo, es necesario diferenciar los tipos de expedición que hay y cuáles son los requisitos para la correcta realización de este trámite:


-Renovación de licencia:
• Licencia vencida.
• Certificado médico, obtenido en cualquier institución de salud pública o privada.

-Reposición de licencia por extravío o robo:
• Identificación oficial.
• Comprobante de domicilio.
• Acta ante agencia de ministerio público que detalle el robo o extravío.
• Boleta de no infracción de tránsito estatal y municipal.
• Certificado médico, obtenido en cualquier institución de salud pública o privada.

-Primera vez:
• Identificación oficial.
• Comprobante de domicilio.
• Certificado Médico y Certificado de Manejo, podrán obtenerlos en cualquier institución de salud pública o privada y en la Secretaría de Seguridad Pública estatal (Policía y Tránsito).

Existe también la posibilidad de que las personas con licencia sin vencer, pero que quieran obtener la licencia permanente puedan solicitar la renovación anticipada, para lo que únicamente deberán presentar su licencia vigente y el monto para el pago.

De la misma forma que en la primera ocasión de la expedición de este documento con temporalidad indefinida, serán los choferes, automovilistas y lo motociclistas a los que aplicará este beneficio.
El costo de la licencia permanente en cualquiera de las modalidades anteriormente citadas, es de dos mil pesos; todo cobro excedente por cualquier concepto deberá reportarse por escrito en la oficina del Administrador, Receptor o encargado del módulo.

De igual manera se podrán realizar reportes a través de la opción telefónica 070 opción 2, no obstante que para la realización de este trámite es imprescindible la presencia en oficinas por parte de los interesados.

La SFA solicita presentarse sin acompañantes a realizar sus trámites a las oficinas y módulos de Rentas, a menos que el trámite lo requiera y acaten las medidas de prevención y contención emitidas por la Secretaría de Salud (SSM) en el estado, mencionadas en párrafos anteriores.