La Piedad, Mich.- Familias de personas desaparecidas en México han lanzado la campaña “Vota por las personas desaparecidas”, con el objetivo de visibilizar la crisis de desapariciones que, según activistas, ha sido minimizada durante el proceso electoral actual.
En la página web votaxdesaparecidos.wordpress.com, se explica el propósito de la campaña y se detalla cómo participar:
- Anulación del voto: Si se ha decidido anular el voto en las elecciones presidenciales porque se considera que los partidos políticos no representan una opción digna, se invita a votar por una persona desaparecida en la boleta electoral.
- Selección de desaparecidos: Se puede votar por cualquier persona desaparecida conocida. En caso de no saber por quién votar, se puede consultar una lista por distritos o por persona en la página web.
Pasos para sumarse a la campaña:
- Ubicar el apartado “candidatos no registrados” en la boleta electoral, que se encuentra al final de la boleta con la leyenda: “Si desea votar por algún/a candidato/a no registrado/a, escriba en este recuadro el nombre completo”.
- Escribir el nombre completo de la persona desaparecida seleccionada de la lista de la campaña o de alguien conocido.
- Tomar una fotografía de la boleta con el nombre escrito.
- Enviar la fotografía al correo votaxdesaparecidos@gmail.com o a través de las redes sociales de los colectivos que apoyan la campaña.
La campaña busca:
- Conteo del ejercicio: Publicar las boletas con los nombres de las personas desaparecidas, garantizando el anonimato de los participantes.
- Visibilización en conteos oficiales: Las personas funcionarias de casilla están obligadas a registrar los nombres de las candidaturas no registradas, haciendo que los nombres de las personas desaparecidas aparezcan en los conteos oficiales.
- Aplicación amplia: Aunque la campaña se centra en la elección presidencial de 2024, el mismo proceso se puede aplicar a boletas para otros cargos federales y locales.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-JDC-713/2004, ha señalado que el apartado «candidatos no registrados» permite a la ciudadanía ejercer su derecho a la expresión, aunque el voto emitido no tiene efectos jurídicos adicionales, salvo para el conteo realizado por el Instituto Nacional Electoral.