Tanhuato, Mich.- El regidor del Ayuntamiento de Tanhuato, Homero Guadalupe Cepeda Aguirre, presentó ante el Tribunal Electoral una queja formal por la negativa del cuerpo edilicio de transmitir en vivo las sesiones de Cabildo a través de los canales oficiales del municipio.
Argumenta que esto vulnera su derecho al ejercicio del cargo y atenta contra el principio de máxima publicidad y participación ciudadana.



Desde el 10 de enero de 2025, Cepeda Aguirre solicitó formalmente a la Presidencia Municipal que las sesiones de Cabildo se transmitieran en vivo. Sin embargo, la respuesta a dicha petición llegó cuatro meses después, el 8 de mayo, mediante un oficio sin identificación clara y sin una justificación de fondo, informándole que su solicitud era improcedente salvo que el Cabildo lo aprobara.
El regidor volvió a insistir el 24 de mayo en que se incluyera el punto en el orden del día, lo cual ocurrió finalmente el 2 de junio durante la sesión ordinaria número 15. En dicha sesión, Cepeda expuso que la medida permitiría a la ciudadanía conocer en tiempo real las deliberaciones y decisiones del órgano municipal, garantizando transparencia y fortaleciendo la rendición de cuentas. Sin embargo, la propuesta fue rechazada sin argumentos jurídicos sólidos, de acuerdo con el regidor.
Cepeda Aguirre considera que esta negativa no solo obstaculiza su ejercicio del cargo, sino que también afecta el derecho de la ciudadanía a estar informada, participar en los asuntos públicos y supervisar a sus autoridades.
Denunció además que, hasta la fecha, el alcalde Daniel Herrera Martín Del Campo se ha negado a firmar el acta de dicha sesión, lo que impide tener una versión oficial del evento. Tampoco se han publicado actas anteriores, pese a que el propio edil había declarado que la ciudadanía podía consultarlas.
PRESENTA QUEJA ANTE EL TRIBUNAL ELECTORAL
El regidor presentó la queja ante el Tribunal Electoral argumentando que esta omisión constituye una violación directa a los artículos 1º, 6º y 35 de la Constitución mexicana, al restringir el derecho de acceso a la información, el principio de publicidad gubernamental y el ejercicio pleno de derechos político-electorales.
Asimismo, recordó que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán establece que los ayuntamientos deben tomar medidas para transmitir las sesiones en vivo y conservar registros en video, siempre que existan capacidades técnicas y presupuestarias, las cuales, sostiene, están disponibles en Tanhuato.
ATENTADO A LA DEMOCRACIA
Finalmente, acusó que la negativa de los regidores de la planilla mayoritaria obedece a una intención de silenciar a las voces disidentes y evitar la rendición de cuentas, lo que calificó como un atentado a la democracia local.
El caso ahora está en manos del Tribunal Electoral, que deberá determinar si los derechos del regidor y de la ciudadanía tanhuatense han sido vulnerados, y si procede ordenar la transmisión pública de las sesiones como parte del ejercicio democrático y transparente del poder municipal.


