Los curanderos, brujos, santeros, yerberos y chamanes deberán emitir facturas por sus servicios y declarar impuestos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
La dependencia federal agregó al catálogo de productos y servicios que se pueden facturar el trabajo nuevos tópicos que se desprenden de la Medicina alternativa y holística.
El órgano administrativo ahora permite nueve servicios relacionados con los curanderos, tratamientos herbales y trabajos con energía, trabajos que regularmente se realizan desde la informalidad, sin embargo ahora ya forman parte del sistema para el pago de impuestos.
En ese sentido, las personas que se dedican a este ramo de la medicina, y que decidan darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria, deberán registrar las actividades que realizan y los ingresos que perciben, para con ello pagar el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) o la retención del ISR (Impuesto sobre la Renta) del servicio que ofrecen, dependiendo del caso.
Es decir, los chamanes o los especialistas en ese tipo de servicios, tendrían que dar factura a sus clientes, pues
de lo contrario,ese gasto no podrá ser deducible de impuestos.