Tradicionalmente el 1 de mayo es día de asueto para estudiantes y trabajadores con motivo del Día del Trabajo y desde hace varios años, se recorre la fecha de descanso al lunes más cercano.
En esta ocasión no será así. De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo es descanso obligatorio, pero no se contempla que la fecha se recorra para el primer lunes del mes.
A pesar de que el 1 de mayo está contemplado dentro de la ley como un día inhábil para estudiantes y trabajadores con motivo del Día del Trabajo, el recorrerlo para el siguiente lunes dependerá de las disposiciones de cada dependencia o centro laboral.
A pesar de que en el mes de mayo no habrá puente por el 1 de mayo, este mes de abril habrá otro día de descanso, aunque solamente para estudiantes. El 29 habrá otro día inhábil pero este solo será aplicable para los estudiantes del Consejo Técnico
El 5 de mayo, solo es aplicable el descanso a estudiantes por la conmemoración de la Batalla de Puebla.
El 27 de mayo también es descanso para los estudiantes de educación pública por el Consejo Técnico Escolar.